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Informativo de la NRCA sobre el problema en las leyes de la inmigración

31 de Julio de 2006

Estimado Miembro:

El pasado mes de Junio, el Departamento de Seguridad para la Nación (DHS por sus siglas en ingles) introdujo una Propuesta para el Despacho de Regulaciones en cuanto a los procedimientos que un empleador deberá seguir una vez que se haya recibido una carta "sin correspondiente" enviada por la Administración del Seguro Social.

Los comentarios acerca de la regla propuesta se vencen el 14 de Agosto y la NRCA tiene la intención de hacer comentarios en oposición a estas reglas. Entre otras cosas, creemos que las reglas añadirán cargas innecesarias a los empleadores y causarán que los trabajadores continúen aumentando la economía subterránea clandestina. Además, creemos que no tiene sentido que el DHS implemente nuevas reglas de cumplimiento cuando el Congreso de Representantes y el Senado de los Estados Unidos se están preparando para resolver las diferencias entre las leyes pasadas recientemente que tratan con el tema general de la reforma inmigratoria. Mayores detalles de la propuesta de esta ley están adjuntos.

También hemos incluido una actualización de la condición de la reforma legislativa inmigratoria. La NRCA ha apoyado la ley que el Senado aprobó y se opone a la ley aprobada por el Congreso de Representantes. Desde que el Senado aprobó la ley, nuevos intentos de compromiso han sido sugeridos al Congreso de Representantes y es posible que las diferencies sean resueltas. Nosotros tenemos la intención de permanecer activamente involucrados en el debate y lo mantendremos informado acerca de nuevos desarrollos conforme ocurran.

Como de costumbre, háganos saber si tiene alguna pregunta o comentarios y por favor siéntase con confianza de ponerse en contacto con nuestro personal de la oficina en Washington, D.C. directamente al (202) 546-7584.

Sinceramente,

William A. Good, CAE
Vice Presidente Ejecutivo



INFORMATIVO DE LA NRCA EN CUESTIONES DE LEYES DE INMIGRACIóN

Después de la promulgación del Acto de Reforma y Control en la Inmigración (IRCA por sus siglas en ingles) en 1986, todos los empleadores en los Estados Unidos estarán obligados a verificar la identidad y elegibilidad de trabajo de todos los empleados nuevos, ciudadanos y no-ciudadanos, contratados para trabajar en los Estados Unidos después del 6 de Noviembre de 1986. Es ilegal que un empleador contrate, reclute o que continúe empleando un individuo cuando el empleador tenga conocimiento que es un extranjero sin autorización para trabajar o si se encuentra que empleador tiene "conocimiento constructivo" de la ilegalidad de la condición laboral del individuo. Los empleadores que cometan violaciones de la IRCA a través de infracciones en documentos o que empleen concientemente a individuos extranjeros ilegales, serán sujetos a cargos civiles y criminales, incluyendo encarcelamiento.

Requerimientos Federales Actuales del I-9

El principal mecanismo utilizado para verificar la identidad y la elegibilidad para trabajar es la Forma I-9 de Verificación de la Elegibilidad para Trabajo expedida por el Servicio de la Ciudadanía e Inmigración del Departamento de Seguridad para la Nación (DHS) de los Estados Unidos. Las leyes federales requieren que todos los empleadores completen la forma I-9 cuando una persona sea contratada o re-contratada. La Forma I-9 puede ser obtenida a través de la página de red del Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (www.uscis.gov) y contiene instrucciones en cómo completar la forma. Los requerimientos de la I-9 aplican solamente a los empleados, no se aplica a contratistas independientes.

La Sección 1 de la Forma I-9, Información del Empleado y Verificación, deberá de ser completada y firmada por el empleado cuando comience a trabajar. La Sección 1 deberá de ser completada y firmada por el empleado a más tardar antes de que termine el primer día de trabajo. El empleador es responsable por asegurarse que el empleado complete totalmente la Sección 1.

La Sección 2 de la Forma I-9, Revisión del Empleador y Verificación, deberá de ser completada y firmada por el empleador después de que el empleador ha revisado ciertos documentos prescritos para establecer la identidad del trabajador y su elegibilidad para trabajar en los Estados Unidos. La Sección 2 deberá de ser completada y firmada por el empleador no más tarde, que el fin del tercer día de trabajo del empleado. Si el empleado es contratado por tres o menos días, la forma I-9 deberá de ser completada al momento de su contratación. En la Sección 2, el empleador identificará los documentos que fueron examinados de la lista prescrita de documentos aceptables. Al empleador no se le requiere verificar la autenticidad de los documentos presentados pero si deberá examinar los documentos y certificar que los documentos presentados son aparentemente genuinos y que pertenecen al empleado nombrado. Si el documento sometido por el empleado prospecto tiene una fecha de caducidad tal como una tarjeta de autorización de empleo no caducada, la fecha de caducidad también deberá ser incluida en la Sección 2. El empleador insertará la fecha en que comenzó el empleo y certificara que, dentro del mejor conocimiento del empleador, el empleado es elegible para trabajar en los Estados Unidos.

La IRCA requiere que los empleadores no discriminen en contra de los candidatos de trabajo por su raza, color, nacionalidad o ciudadanía. Los empleadores que impongan requerimientos de ciudadanía o les den preferencia a los ciudadanos de los Estados Unidos en oportunidades de trabajo o empleo pueden estar en violación de la IRCA al menos que así sea requerido por contrato del gobierno federal, estatal o local. El acto de de Inmigración y Naturalización de 1990 también prohíbe a los empleadores solicitar más documentos o documentos diferentes de aquellos que el empleado candidato someta de la lista preescrita de documentos aceptables. El empleador no puede solicitar documentos específicos. El empleador deberá de examinar los documentos presentados y aceptarlos si parecen genuinos y se relacionan al empleado que los presenta. Si los documentos presentados no parecen ser genuinos o no se relacionan al empleado que los presenta, el empleador deberá de rechazarlos y pedir otra documentación de la lista de documentos aceptables. Los documentos aceptables presentados más comunes son la licencia de manejo con una fotografía y/o descripción del individuo para establecer identidad y una tarjeta del Seguro Social de los Estados Unidos extendida por la Administración del Seguro Social para establecer elegibilidad laboral.

Los empleadores están requeridos a retener las formas I-9 de cada uno de los empleados por un periodo de tres años a partir de la fecha de contratación o un año a partir de la fecha de terminación, ya sea el de mayor plazo. A los empleadores no se les requiere, pero si se les permite sacar y guardar copias de los documentos que fueron examinados después de completar la Sección 2 de la forma I-9. Si el empleador hace copias de los documentos examinados, deberán de ser adheridas a la forma I-9. Los empleadores pueden digitalizar las formas I-9 y mantener archivos electrónicos de la I-9 en lugar de mantener copias de papel. Los empleadores no tienen que someter las formas I-9 a una agencia del gobierno pero deberán de mantener las formas disponibles para inspección en caso de que haya una auditoria. Salvo que se haya obtenido una orden judicial, los empleadores tienen derecho a recibir un aviso con tres días de anticipación si los oficiales federales tienen intenciones de conducir una auditoria de I-9.

El proceso I-9 para verificar la elegibilidad del empleo ha fallado por muchas razones, incluyendo el desarrollo de una vasta industria clandestina que produce tarjetas falsas del Seguro Social y otros documentos que tienen apariencia genuina. Si a los empleadores se les hicieran cargos por emplear extranjeros que no están autorizados para trabajar, los empleadores tienen una defensa basada en buena fe sí han cumplido de buena fe con el proceso I-9 y no tienen conocimiento que están empleando trabajadores sin autorización. Sin embargo, aunque un empleador no tenga actual conocimiento de emplear a un individuo ilegal, el empleador podrá ser sujeto a infracciones criminales o civiles de la IRCA si al empleador se le encuentra tener "conocimiento constructivo" o el empleador ha mostrado "ceguera intencional."

"Conocimiento Constructivo" es conocimiento adquirido cuando una persona presta cuidado razonable para deducir, por ciertos hechos y circunstancias, y, reconocer ciertas condiciones. La falla deliberada por investigar circunstancias sospechosas también puede contribuir al conocimiento constructivo. Por ejemplo, en el caso de Messer Manufacturing Co. contra el Servicio de Inmigración y Naturalización, 879 F.2d 561 (9ª Circuito, 1989), la Corte de Apelaciones de EUA decidió que el empleador tenía conocimiento constructivo y fue culpable por que el Servicio de Inmigración y Naturalización le había notificado al empleador que sospechaba de tres empleados estaban cometiendo fraude de tarjeta de inmigración, el empleador fue instruido en como confirmar la información y el empleador no condujo una investigación y no tomó medidas para corregir la situación. Si un empleador recibe información de una agencia del gobierno advirtiéndole de la probabilidad que uno de sus empleados es posiblemente un individuo sin autorización y el empleador no toma pasos para corregir la situación, la conducta del empleador podrá ser caracterizada como "ceguera intencional" y se determinará que el empleador tuvo "conocimiento constructivo".

Nueva Póliza de Cumplimiento ICE para el Sitio de Trabajo

Durante los últimos seis años, pocos empleadores han sido forzados a cumplir con la ley federal de la IRCA. Después del 11 de Septiembre, a pesar de los 7 a 8 millones de trabajadores que no están autorizados para trabajar en este país, los oficiales federales tenían mayores prioridades y el cumplimiento de las acciones inmigratorias se enfocó en patrones de conducta criminal, contrabando, arrestando criminales extranjeros, casos enormes de contratación de empleos y/o la explotación de trabajadores ilegales. A pesar de esto, el 26 de Abril del 2006, un día después de la redada más grande en un sitio de trabajo que se llevó a cabo en 40 plantas operadas por IFCO Systems, un distribuidor de paletas de madera en 26 estados, resultó en el arresto de siete gerentes de IFCO Systems y 1,180 trabajadores sin autorización para trabajar, el Secretario de la DHS Michael Chertoff anunció que la DHS, a través de su agencia la Fuerza de Inmigración y Aduanas (ICE por sus siglas en inglés) estaría añadiendo agentes en los sitios de trabajo y lanzarían una campaña más agresiva en contra los empleadores que contratan a inmigrantes ilegales con conocimiento.

En los meses más recientes, el debate político nacional acerca de inmigración ha tomado mayor importancia y la ICE se ha embarcado en un programa de redadas en los sitios de trabajo, haciendo cargos criminales en vez de multas civiles, en contra de los empleadores y deportación inmediata de los trabajadores sin autorización para trabajar. En un artículo reciente del El Washington Post, Julie L. Myers, secretaria asistente de la DHS de la ICE describió el enfoque nuevo de su agencia:
    "Mi agencia, la Fuerza de Inmigración y Aduanas (Immigration and Customs Enforcement-ICE), fue creada fue creada después del 11 de Septiembre, 2001. Al principio enfocamos nuestros esfuerzos en el cumplimiento de leyes en los lugares de trabajo con los trabajadores ilegales y en lugares de infraestructura crítica como plantas nucleares y químicas, instalaciones militares, aeropuertos y puertos de embarcación. Mientras que continuamos manteniendo estas prioridades, la agencia también ahora se enfoca más en sitios de trabajo tradicionales".

    Creemos que la estrategia más efectiva para combatir el empleo ilegal es la persecución de los empleadores sin escrúpulos, embargando sus bienes obtenidos por medios ilícitos. Mientras el debate de la inmigración se acalora, hemos escuchado repetidamente cargos de que la ICE ha fallado en sus esfuerzos de imponer obediencia en los sitios de trabajo por que el número de multas para el empleador ha disminuido. De hecho, nuestros esfuerzos han aumentado, lo que ha cambiado es nuestra estrategia.

    Una cosa que hemos aprendido de nuestro Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) anterior, es que multar a los empleadores por contratar a trabajadores ilegales no funciona. Los agentes de la INS invirtieron considerable tiempo y esfuerzo extendiendo multas administrativas propuestas en contra de los empleadores sin escrúpulos, solo para encontrar que las multas fueron, pagadas tarde o reducidas a nada. Para muchos empleadores, estas multas es el precio que pagan por hacer negocios. No fueron disuasivas.

    Podemos lograr mucho más respeto para la ley entre los empleadores haciendo cargos criminales y embargando los bienes obtenidos por medios ilícitos de empleo. El prospecto de pasar 10 años en una prisión federal, arriesgarse a perder esa nueva casa y carro porque fueron embargados, es más efectivo que una pequeña multa. En el futuro, así es como se impondrá el obedecer la ley en el sitio de trabajo.
En testimonio dado el 19 de Junio del 2006, ante el Comité Judicial de Senado de los EUA, Subcomité de Inmigración, Seguridad Fronteriza y Ciudadanía, la Secretaria Asistente de la ICE, Myers explicó sucintamente la razón por que su agencia planea proceder con el enjuiciamiento criminal de los empleadores: "Acusar criminalmente a los empleadores que contraten individuos indocumentados creará el tipo de disuasión que previamente estuvo ausente en los esfuerzos para imponer obediencia de la ley. También estamos identificando y embargando los bienes que los empleadores derivan como consecuencia del conocimiento de emplear trabajadores ilegales para quitarles el incentivo monetario de contratar trabajadores ilegales y pagarles salarios bajos".

Redadas Recientes de la ICE

En meses recientes, la ICE ha conducido numerosas redadas en sitios de construcción, restaurantes, y otros lugares de trabajo. Un portavoz de la ICE reportó que la agencia hace arrestos diarios basada en investigaciones, evidencia e información recibida, pero que no conducen redadas al azar. Algunas de las redadas recientes de la ICE parecen ser directamente relacionadas con "frutos podridos" mientras que en otras instancias, contratistas acreditados han sido atrapados en una redada de ICE como resultado de trabajar en áreas sensibles tales como un aeropuerto ó instalación militar.

El 2 de Mayo del 2006, el dueño de Stucco Design, Inc., cuya casa matriz está en Franklin, Indiana, fue acusado de albergar y transportar individuos ilegales, lavado de dinero y hacer falsas declaraciones en conexión con la contratación de individuos ilegales que desempeñaban trabajo para Stucco en sitios de construcción en Michigan, Minnesota, Dakota del Norte, Ohio y Wisconsin. También se le hicieron cargos por no pagar tiempo extra a estos empleados y no les dedujo impuestos estatales y federales o impuestos del Seguro Social. La demanda alega que Stucco Design pudo trabajar a menor precio que sus competidores y ganó los contratos con contratistas generales como resultado de emplear y tomar ventaja de trabajadores ilegales. La ICE también pidió una multa de aproximadamente US $1.5 millones, lo cual es un estimado de los procedimientos de actividades ilícitas de negocios. Si lo encuentran culpable, el dueño de Stucco Design podrá ser sentenciado hasta 40 años en prisión.

El 9 de Mayo del 2006, la ICE hizo una redada en la casa matriz de Fischer Homes, en las ciudades de Hebron, Union y Fischer, Kentucky, una de las compañías constructoras de residencias más importantes en Indiana, Kentucky y Ohio. Un gerente de construcción, dos superintendentes de construcción, un asistente de superintendente y 76 trabajadores indocumentados fueron arrestados. Cada supervisor enfrenta un cargo de delito criminal por ser cómplices y albergar individuos ilegales para ventajas comerciales o ganancias monetarias privadas, y podrán recibir una sentencia máxima de encarcelamiento en prisión por 10 años, una multa de US $250,000 o ambas si se les encuentra culpables. Los ejecutivos de Fischer Homes afirmaron que los trabajadores ilegales trabajaban para un subcontratista que también fue acusado. Después del arresto, la Secretaria Asistente de ICE, Myers, hizo una declaración diciendo: "ICE no tiene tolerancia para supervisores corporativos que albergan a individuos ilegales para hacer su trabajo y niegan oportunidades laborales a trabajadores Americanos legítimos. Esta acción de insistencia para que se obedezca la ley demuestra como usaremos todas nuestras fuentes de investigación para hacerles justicia a esos individuos sin importar que tan grande o pequeña sea la compañía".

El 23 de Mayo del 2006, después de revisar los archivos de contratación de más de 360 empleados de Standard Drywall, una firma de San Diego que desempeña trabajos de construcción en la Base del Cuerpo de los Marines en el Campo Pendleton, Oceanside, California, la ICE arrestó a 20 trabajadores en sus casas. El 26 de Mayo del 2006, la ICE arresto a 25 individuos ilegales que trabajaban como contratistas en Lucite Internacional y en las plantas químicas de Arkema en Tennessee. El 1º de Junio del 2006, la ICE redo Texas French Bread, un restaurante y panadería en Austin, Texas, arrestó a 5 trabajadores de cocina y les hizo cargos de inmigración. En Buffalo, Nueva York, en un periodo de 24 horas, 34 trabajadores ilegales de un vivero de jardinería fueron arrestados, detenidos y deportados a México.

El 14 de Junio del 2006, la ICE arrestó 55 trabajadores ilegales de construcción que trabajaban en la expansión del Aeropuerto Internacional Dulles en las afueras de Washington, D.C. Los trabajadores arrestados eran de Bolivia, El Salvador, Guatemala, Honduras y México y eran empleados de dos compañías constructoras. Los autobuses que transportaban a los trabajadores de construcción del estacionamiento a la área de construcción fueron detenidos en un punto de revisión de seguridad a la orilla de la propiedad del aeropuerto en donde los agentes de la ICE revisaron documentos de trabajo e inmigración, si los documentos no parecían validos los individuos fueron esposados y transportados a una oficina de la ICE y transportados por avión a un centro de deportación en El Paso, Texas. Aunque no hubo alegaciones que los trabajadores arrestados fueron involucrados en actividades terroristas, la Secretaria Asistente de la ICE, Myers, reiteró que los individuos ilegales que trabajan en sitios sensibles continuarían siendo una prioridad para su agencia: "Trabajadores ilegales empleados en sitios sensibles y facilidades con infraestructura critica—tales como aeropuertos, puertos marítimos, plantas nucleares, instituciones financieras, plantas de procesamiento de agua y alimentos, y facilidades de la defensa—plantean una amenaza seria para la seguridad de la nación. No solamente las identidades de estos individuos están en duda, pero estos individuos también son vulnerables a la explotación de terroristas y otros criminales, debido a su condición ilegal en el país".

El 18 de Julio del 2006, la ICE arrestó a 58 trabajadores de construcción principalmente en Fort Bragg, Carolina del Norte y fueron acusados de obtener falsa o fraudulenta identificación. Nueve contratistas están siendo investigados por contratar a los 58 trabajadores detenidos.

Nueva Regulación Propuesta Relacionada a Cartas SSA sin Correspondiente

Además de las redadas en los lugares de trabajo, la ICE ha indicado que intentará demandar a los empleadores por violaciones inmigratorias a través de tener mayor acceso a los registros de la Administración del Seguro Social (SSA por sus siglas en inglés) y por no despedir a aquellos trabajadores con cartas sin correspondiente de la SSA, que no son resueltas. El 14 de Junio del 2006, la ICE propuso una nueva regulación federal la cual, en efecto, requiere que los empleadores desocupen a trabajadores que son sujetos a las cartas "no-correspondiente" de la SSA si la discrepancia no es resuelta dentro de los 60 días después de que el empleador reciba la carta no-correspondiente.

Cuando la información contenida en las formas W-2 no coincide en los registros de la SSA, la SSA envía cartas de no-correspondiente para que los trabajadores sean acreditados apropiadamente con las ganancias del Seguro Social. La intención de las cartas de la SSA no es imponer la obediencia de las leyes de inmigración, y la información no es compartida con DHS. Sin embargo, DHS está presionando para que el Congreso apruebe legislación que le permita al DHS tener acceso a la Administración del Seguro Social (SSA) en cuanto a las cartas "sin correspondiente." En Junio 19 del 2006, la Secretaria Myers testificó que "el acceso a esta información le permite a los agentes de la ICE identificar rápidamente y remover trabajadores sin autorización para trabajar e identificar a los empleadores que aparentemente se apoyan en trabajadores ilegales como parte de sus prácticas de negocios… "desde el punto de vista de la seguridad nacional, el acceso a la información de "no-correspondiente" de la SSA es esencial para los esfuerzos de la ICE para identificar a empleadores criminales y vulnerabilidades en industrias con infraestructura crítica y secciones a través del país".

Actualmente, las regulaciones federales de inmigración no requieren que los empleadores tomen medidas específicas cuando reciben las cartas de "no-correspondiente" de la SSA. El previo Servicio de Naturalización e Inmigración envió cartas en Diciembre de 1997 y en Febrero de 1998 declarando que una discrepancia entre el nombre del empleado y el número del Seguro Social no notifica automáticamente al empleador que el empleado es un trabajador sin autorización o que requiere re-verificación de documentos y que mayor investigación de la autorización de trabajo del empleado es requerida, pero, puede haber situaciones específicas en las cuales una notificación de la SSA de la discrepancia puede causar o contribuir a la determinación de que el empleador fue notificado de la situación de empleo sin autorización. El empleador deberá tomar responsabilidad después de recibir la carta de "no-correspondiente". Los empleadores deberán notificarles a sus empleados que están sujetos a las cartas "no-correspondiente" y aconsejarles que la discrepancia debiera de ser resuelta. Los empleadores son responsables por resolver las discrepancias y no podrán tomar represalias en contra de los empleados basándose solamente en haber recibido una carta de "no-correspondiente".

Aunque se declarara que al empleador se le pudiera encontrar tener un conocimiento constructivo, en casos particulares depende de la "totalidad de las circunstancias relevantes", la nueva regulación propuesta por la DHS el 14 de Junio del 2006, describe pasos específicos que el empleador deberá de tomar cuando recibe la carta de no-correspondiente de la SSA o del aviso de la DHS para evitar encontrar que el empleador tuvo conocimiento constructivo al emplear a un individuo ilegal. Si el empleador fallara en seguir los procedimientos preescritos para el "albergue-seguro" en la regulación propuesta y el empleado, quien fuera sujeto de la carta de no-correspondiente, fuera encontrado ser un individuo no autorizado, al empleador se le podrá ser encontrado que tenia conocimiento constructivo del estado de empleo sin autorización y estará sujeto a una violación inmigratoria. Los pasos que un empleador puede tomar para evitar que se le encuentre potencialmente que tenía conocimiento constructivo son lo siguientes:
  1. Después de recibir una carta de no-correspondiente de la SSA, el empleador deberá de revisar sus archivos inmediatamente para determinar si la discrepancia es debido a una transcripción tipográfica, error similar en los registros del empleador o en su comunicación con la SSA. Si hubiera tal error, el empleador deberá de corregir sus registros, informar a la SSA, verificar que la información corregida resuelve el problema con la SSA y documentar la corrección de la fecha y hora de la verificación. El empleador deberá tomar estos pasos dentro de los 14 días siguientes de haber recibido la carta de no-correspondiente.
  2. Si el primer paso no resuelve la discrepancia, el empleador deberá de pedirle al empleado que confirme que los registros del empleador son correctos. Si se requiere corrección el empleador deberá hacer la corrección, informar a la SSA, verificar los registros corregidos con la SSA, documentar las correcciones con fecha y hora de cada una de las verificaciones ya que la SSA podrá no proveer ninguna documentación. Si el empleado declara que los datos del empleador no son correctos, el empleador deberá instruir al empleado para que resuelva la discrepancia con la SSA. Se reitera que el empleador deberá tomar estos pasos dentro de los 14 días siguientes de haber recibido la carta de no-correspondiente.
  3. Después de 60 días de recibir la carta de no-correspondiente, el empleador deberá de verificar con la SSA que el nombre del empleado y número del Seguro Social coinciden con los registros de la SSA. Si el empleador no ha verificado con la SSA que la discrepancia haya sido resuelta pero el empleado continúa afirmando que tiene autorización para trabajar, el empleador deberá, dentro de no más de 63 días después de recibir la carta de no-correspondiente, verificar de nuevo la identidad del empleado y autorización para trabajar siguiendo una versión modificada del procedimiento I-9. Ningún documento que contenga el número del Seguro Social sujeto a la carta de no-correspondiente podrá ser utilizado y ningún documento sin fotografía podrá ser utilizado para establecer identidad.
  4. Si la discrepancia de la de carta no-correspondiente no es resuelta dentro de los siguientes 60 días, la identidad del empleado y autorización de trabajo no puede ser verificada como preescrita en el tercer paso, entonces, de acuerdo a la propuesta de la DHS, el empleador deberá de escoger entre despedir al empleado o correr el riesgo de que la DHS pueda encontrar que el empleador tuvo conocimiento constructivo y que el empleado fue un individuo sin autorización y que el empleador violó la ley por continuar empleando al individuo.
La regulación propuesta reconoce que puede haber otros procedimientos que el empleador puede seguir en su respuesta a la una carta de no-correspondiente y que la DHS considerará razonable, dependiendo de todas las circunstancias relevantes. Sin embargo, la DHS advierte que un empleador que siguió otros procedimientos en vez de los procedimientos del "albergue-seguro" descritos en la regulación propuesta correrá el riesgo de que la DHS no este de acuerdo. Los empleadores deberán de seguir los procedimientos en las regulaciones uniformemente con todos los empleados que son sujetos de la carta de no-correspondiente, de lo contrario, la DHS le advierte al empleador, puede estar en violación de las leyes antidiscriminatorias aplicables.

Actualización de la Legislación de Reforma Inmigratoria

En Diciembre del 2006, la Casa de Representantes de los Estados Unidos aprobó la ley (H.R. 4437) que se enfoca solamente en al seguridad de la frontera y el cumplimiento de leyes en el trabajo. La ley-H.R. 4437 es un producto severo y partidista que encendió protestas pro-inmigrantes en las calles, el cual convertirá en criminales a casi 12 millones de inmigrantes indocumentados en el país y esencialmente fuerza que los empleadores actúen como la "policía de documentos".

Para empeorar la situación, la legislación falló en reconocer las tendencias demográficas a largo plazo, las realidades económicas a que se enfrenta nuestra nación y en proveer las avenidas necesarias para que los empleadores tengan acceso a los trabajadores inmigrantes necesitados cuando no haya trabajadores americanos disponibles. Las compañías miembros de la NRCA enfrentan una escasez de personal duradera. El Buró de Estadísticas Laborales (BLS por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos proyectó que solamente en la industria del techado se necesitarán 70,000 nuevos empleados durante la próxima década para mantener abastecida la demanda de servicios profesionales del techado. Los inmigrantes continuarán siendo un componente indispensable de las fuerzas de trabajo de los Estados Unidos porque la fuente de trabajadores nacidos en los Estados Unidos continuará declinando en las próximas décadas.

En Mayo de este año, el Senado optó por una medida balanceada y sorprendente diferente de la que fue aprobada en el congreso. Los adversarios trataron de cortar en trizas la propuesta ley-S. 2611 pero, a través de un proceso de la enmienda, un grupo de seguidores de los dos partidos demostró fortaleza sorprendente cuando se defendieron en contra de los ataques para rematar la propuesta ley. Desde cualquier punto de vista, la ley-S. 2611 es una revisión radical para las leyes de inmigración de la nación y aunque no es perfecta, constituye un plano legislativo firme que dirige la seguridad y necesidades económicas del país. Sus categorías se dividen en tres categorías generales: la seguridad en la frontera y del interior, un nuevo programa temporal para trabajadores huéspedes y una solución para aquellos que están ilegalmente por dos años o más para concederles estado y permanencia legal en el país.

La disparidad entre las dos leyes propuestas revela la profunda división en el partido Republicano.

Ley de Congreso — HR 4437

El 16 de Diciembre del 2005, el Congreso aprobó legislación introducida por el Representante James Sensenbrenner (Republicano de Wisconsin). La Protección en la Frontera, Antiterrorismo y el Acto del Control de la Inmigración Ilegal del 2005 (ley-H.R. 4437) pasó en el congreso con 239 a 182 votos, con 36 Demócratas uniéndose a 203 Republicanos a favor. La ley-H.R. 4437 dramáticamente fuerza cumplimiento en el interior y requiere que los empleadores participen en un sistema nuevo para verificar elegibilidad laboral. El voto representa una victoria para la Comité de Reforma Inmigratoria del Congreso—un grupo de restrictivos guiado por el Representante Tom Tancredo (Republicano de Colorado) quien argumenta que los trabajadores indocumentados representan una amenaza a la seguridad y toman empleos que pudieran ser ocupados por trabajadores americanos. La reforma de ley se enfoca únicamente en el cumplimiento, la seguridad de la frontera y rechaza la apelación del Presidente Bush para imponer un mecanismo legal para que los trabajadores extranjeros ocupen los empleos cuando no se pueda encontrar trabajadores americanos.

La ley-H.R. 4437 pondría a los empleadores directamente en blanco del gobierno federal. El objetivo de esta ley es obligar la participación de todos los empleadores en un programa experimental de verificación de elegibilidad laboral conocido como "Piloto Básico". La ley reemplazaría al presente proceso de contratación I-9 con un programa extensivo pero sin comprobación conducido por el gobierno para determinar si los empleados potenciales están autorizados a trabajar en los Estados Unidos y requiere una reevaluación completa de todos los empleados existentes — incluso de aquellos quienes ya han pasado por el proceso de la I-9. El programa Piloto Básico es voluntario y limitado en el presente para aproximadamente 10,000 empleadores y solo para nuevos reclutas". La ley-H.R. 4437 ampliaría el programa para cubrir a más de 8.4 millones de empleadores y a más de 140 millones de trabajadores en un periodo de dos años.
  • La ley aumentaría las penalidades civiles a los empleadores que contraten trabajadores indocumentados a "no menos de US $5,000" por cada trabajador en la primera ofensa y sin límite en la multa. En la ley actual, la penalidad puede alcanzar desde US $250 hasta US $2,000 por trabajador.
  • Para segundas ofensas, la ley de Sensenbrenner impondría penalidades de por lo menos US $10,000 por cada trabajador no autorizado y sin límite máximo. Bajo la ley actual, las segundas ofensas tendrán el máximo de US $5,500 por cada trabajador indocumentado.
  • Para terceras ofensas, que varían entre US $3,000 a US $10,000 por cada trabajador no autorizado bajo la ley actual, aumentaría hasta por lo menos a US $25,000 por cada violación de ley.
  • Los empleadores que exhiban un patrón de infracciones de los nuevos mandatos podrán ser sujetos a multas tan altas como de US $50,000 y un año en prisión por cada infracción.
  • Violaciones por papelería, tal como marcar la casilla incorrecta en la forma I-9, podría resultar en una multa de US $25,000. Este es un aumento de 25 veces mas -la multa actual es de US $1,000.
  • Se les requerirá a los empleadores que confirmen la documentación de cada empleado, incluyendo de algunos ex-empleados.
  • La ley criminalizara la situación de aquellos que están aquí ilegalmente, convirtiendo a todos los trabajadores indocumentados en convictos graves — esto los forzaría a dejar el país e impediría volver a regresar. Hasta ahora, la presencia no autorizada en los Estados Unidos ha sometido a los individuos a una infracción civil en la que están envueltas multas y la deportación.
En una nota positive, la NRCA inspiró la introducción de la enmienda por el Representante Lynn Westmoreland (Republicano de Georgia) que fue adoptada 247-170. La enmienda pondrá un máximo para las sanciones, permitiéndole a las compañías a escapar las multas en la primera ofensa si hacen un esfuerzo de buena fe, y exentan a las firmas de las penalidades por emplear a subcontratistas.

Ley del Senado — S. 2611

El 25 de Mayo, el Senado aprobó la legislación introducida por el Senador Arlen Specter (Republicano de Pennsylvania), el Acto de Reforma de la Inmigración Comprensiva del 2006 (ley-S. 2611), por una votación de 62-36.

En el lado del cumplimiento, la ley S. 2611 proveyó 1,000 agentes nuevos de la Patrulla Fronteriza, miles de soldados de la Guardia Nacional para apoyarlos, 375 millas de reja de triple capa a todo lo largo de la frontera Mexicana, vehículos aéreos sin tripulación, cercas electrificados, celdas de cárcel adicionales y documentos inviolables para prueba de identificación con identificadores biométricos. También se requerirá que los empleadores usen un nuevo sistema de verificación de empleo para determinar la elegibilidad del trabajo para contrataciones nuevas y actuales e imponer duras penalidades para los empleadores. Por virtud de omisión la ley-H.R. 4437 en ciertos respectos esta ley es más favorable para los negocios que la ley-S. 2611. Por ejemplo, una enmienda del Senador Barak Obama (Demócrata de Illinois), expandiría el Acto de leyes del salario Davis-Bacon a proyectos donde el dinero federal no este involucrado. Otra disposición detendría a compañías e individuos responsables por la práctica de contratar cualquier entidad con la que ellos tuvieran una relación contractual.

El segundo componente de la S. 2611 proveerá 200,000 visas temporales para trabajadores huéspedes (conocida como H-2C) por año mientras que crea un programa separado para trabajadores huéspedes para los trabajadores inmigrantes de granjas (conocida como el "Programa de Tarjeta Azul"). La visa H-2C sería válida por tres años y podrá ser renovada una vez por el total de 6 años, al término del periodo de la visa, el trabajador deberá de regresar a su país o proceder con el trámite de la tarjeta verde. La tercera y la más políticamente controversial, es un plan que dividiría los 12 millones de inmigrantes ilegales estimados en la nación en tres grupos:
  • Aquellos que han vivido en los Estados Unidos por cinco o mas años — como 7 millones de personas —se les permitiría quedarse y aplicar por la ciudadanía, comprobar que fueron empleados por lo menos tres de los cinco años, pasar las revisiones de los antecedentes, pagar multas e impuestos pasados, registrarse para el Servicio Selectivo, aprender inglés y completar las clases cívicas de los Estados Unidos.
  • Aquellos inmigrantes ilegales que han vivido aquí de dos a cinco años —como tres millones de personas — serían autorizadas a quedarse y trabajar en los Estados Unidos por tres años pero se les solicitaría que regresaran a un puerto de entrada de los Estados Unidos para aplicar por una visa temporal de trabajo antes de regresar como un trabajador invitado. Eventualmente, a estos inmigrantes se les permitiría aplicar por su residencia permanente y finalmente la ciudadanía.
  • El millón o 2 millones de inmigrantes ilegales que han vivido en los Estados Unidos por menos de dos años se les solicitaría que se alejen del país completamente. Se les permitiría aplicar para la admisión al programa del trabajador invitado pero no se les garantiza su aceptación.
El Plan Hutchison-Pence

El 25 de Julio, la Senadora Kay Baily Hutchison (Republicana de Texas) introdujo una propuesta inmigratoria que representa un compromiso de posiciones. Esta propuesta demuestra un compromiso de ambas leyes que en general ni la ley-H.R. 4437 ni la ley-S. 2611 tienen probabilidad de pasar y significa que la mayoría del Congreso esta comprometido en pasar una comprensiva legislación-reforma inmigratoria. Este nuevo acuerdo de compromiso es un constructivo vehículo y consenso y ya esta atrayendo el interés y apoyo de muchos miembros del Congreso que de otra manera no apoyaría una medida que proveyera de un programa temporal del trabajador invitado y dirigiera a los actuales inmigrantes indocumentados a vivir y trabajar en los Estados Unidos. Aún no ha habido un lenguaje legislativo publicado — solamente un documento explicando y resumiendo la propuesta. Aquí esta un resumen:

Asegurando la Frontera de los Estados Unidos — Incremento del Personal, Equipamiento, Tecnología y Barreras
  • Durante los dos primeros años, después de la promulgación, el enfoque será en la implementación de nuevas medidas de seguridad en la frontera. Esta es la guía principal del Plan Hutchison-Pence.
  • La iniciativa en la seguridad de la frontera incluye: vigilancia comprensiva, mejoramiento de infraestructura, incluyendo cercas, y barreras vehiculares, puntos de revisión, instalaciones de detención, respaldo judicial e incremento de oficiales fronterizos y antinarcóticos.
  • El plan manda que la frontera sea asegurada antes de que el programa de trabajo temporal pueda comenzar y requiere que el secretario de seguridad de la nación le certifique al presidente y al Congreso para que el control operativo en la frontera se logre sustancialmente antes de la implementación del programa del temporal del trabajador invitado.
  • Si al cabo de dos años el objetivo se ha cumplido y ha sido certificado, entonces solo un programa de trabajo temporal puede ser iniciado.
Programa Temporal de Trabajo: Programa de Visas, el Buen Vecino—Empleado Foráneo Asegurado y Autorizado (SAFE-por sus siglas en inglés)
  • Una vez que la frontera haya sido asegurada exitosamente, el programa temporal de trabajo — el programa de visas, el Buen Vecino-SAFE comenzará. El programa estará diseñado para proveerle a los empleadores que deseen trabajo temporal.
  • Este plan incluye a los inmigrantes indocumentados que residen actualmente en los Estados Unidos y sugiere que los individuos se regresen a su país voluntariamente y apliquen desde fuera de los Estados Unidos a través de agencias de colocación de empleo llamadas "Centros de la Isla Ellis." Estos centros funcionarán como sucursales de una agencia de colocación con base en los Estados Unidos y mantendrán un registro de trabajos para las posiciones que han sido ofrecidas a los trabajadores en los Estados Unidos y que todavía no están ocupadas.
  • Por la primera vez en los tres años del programa, el número de visas disponibles serán sin límite y dependerán del mercado laboral. Después de eso, el número de visas disponibles anualmente bajo el programa serán determinadas por el Departamento Laboral.
  • Este programa es limitado a los ciudadanos de los países NAFTA y CAFTA-DR y solamente será disponible si un trabajador de los Estados Unidos "no puede ser contratado para el trabajo".
  • Algunos requerimientos para el Programa de Visas, el Buen Vecino, incluyen: revisión de antecedentes criminales, investigación de salud pública y aprender inglés después de dos años como base para la renovación de visa.
  • El tiempo inicial de la visa es por un periodo de dos años y es renovable hasta por 12 años, hasta el punto en que el portador deberá de regresar a su país natal para aplicar para otra categoría de visa si fuera elegible.
  • No es muy claro si el empleador podrá comenzar con el proceso de la residencia permanente para un empleado utilizando la visa SAFE. El empleado necesitaría regresar a su país natal para realizar la aplicación final para la legalización permanente como residente/tarjeta verde.
  • Cónyuges y niños, si pasan la revisión de antecedentes criminales y la prueba de investigación de salud pública, serán permitidos acompañar al portador principal de la visa. Dichos(as) y niños no son elegibles a los beneficios públicos y se le requiere a los portadores principales de la visa SAFE aportar una contribución a Medicare para cubrir los costos del cuidado de los trabajadores extranjeros en caso de emergencia.
  • Además, los trabajadores extranjeros serán acreedores a recibir las retenciones del Seguro Social en un solo monto al momento de su partida del programa de la visa.
X-Change Visa Después de la SAFE Visa
  • Si el trabajador extranjero mantiene un record limpio por los 12 años de su visa SAFE, ella/el será elegible para aplicar para el X-Change- el cual le permitirá al trabajador extranjero a quedarse a trabajar en los Estados Unidos indefinidamente. No habrá necesidad para una prueba de la fuerza laboral en el mercado laboral en los Estados Unidos para la Visa X-Change. La renovación bajo la visa X-Change no sería requerida.
  • Al término de cinco años en la condición X-Change, el individuo tendría la opción de continuar y permanecer con la visa X-Change o convertirla en ciudadanía americana. Esta no es una conversión de tarjeta verde/residencia permanente pero sino ciudadanía americana completa.
Cumplimiento Interior, Elegibilidad de Empleo y Sanciones al Empleador
  • Las visas emitidas serán seguras e inviolables con información biométrica y la tarjeta de identificación que serviría también para la elegibilidad de empleo y la verificación del sistema.
  • El programa SAFE operará bajo el sistema de verificación de elegibilidad de empleo. Dos años después de que comience el programa, se les requiere a los empleadores que verifiquen la condición de todos sus trabajadores nuevos, incluyendo a los trabajadores temporales o de lo contrario serán sujetos a "multas significantes".
  • Si bajo el programa SAFE un trabajador es despedido, declarado culpable de un crimen o simplemente deja de ir a trabajar, la identificación inviolable del trabajador será cancelada, la intención es de prevenir que otro empleador emplee a este trabajador.
  • Si un trabajador temporal deja su trabajo, ella/el tendrá 45 días para conseguir un nuevo empleo.
Perspectivas

El Presidente Bush ha impulsado públicamente a los miembros del Congreso y a los senadores de los Estados Unidos a comenzar a trabajar para reconciliar los dos proyectos de ley de inmigración cuando los legisladores regresen a Washington, D.C. en Septiembre. Pero los productos filosóficos de ambas cámaras son muy contrarios, el compromiso será problemático. Por el momento el Senado pasó la ley-S. 2611, los miembros Republicanos del Congreso han descartado la noción de un compromiso que se deriva de su propia legislación. Ellos dicen que, cualquier desviación podría ascender a una "amnistía", y no se puede a "hechar a andar". Sin embargo, hay tres razones para ser optimistas de si algo pasará eventualmente, se parecerá más a la ley-S. 2611 que a la ley-H.R. 4437 o tal vez al plan Hutchison-Pence.

Primero, el Presidente Bush ha declarado que no firmará ninguna legislación que no incluya una avenida para los trabajadores extranjeros que abastece los trabajos que no serán ocupados por trabajadores americanos. Segundo, el público apoya de gran manera la idea de imponer obediencia al programa de trabajadores temporales y un camino para los inmigrantes ilegales que están aquí para legalizar su situación. Encuesta tras encuesta, muestra que del 70 al 80 por ciento de los votantes favorecen tal plan. Y tercero, los Republicanos del Congreso se enfrentan a un dilema. Por los últimos dos años, han fomentado un enojo entre los elementos de la base GOP, quien ahora demandan una solución a nuestra frontera porosa. Puede ser difícil alejarse de la mesa de negociación y dirigirse hacia las elecciones en Noviembre sin ningún proyecto de ley.



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